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MEDIDAS TRIBUTARIAS URGENTES ADOPTADAS PARA RESPONDER AL IMPACTO ECONOMICO DEL COVID-19

Apreciado cliente,

El pasado 12 de marzo, se aprobaron algunas medidas de carácter económico y ámbito estatal, mediante Real Decreto 7/2020, que pasamos a resumirles. Asimismo parte de dichas medidas han sido también acogidas por la Administración Autonómica de Illes Balears:

APLAZAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS

Se concederá el aplazamiento del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a todas aquellas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde la fecha de entrada en vigor del RD mencionado (13 de marzo de 2020) y hasta el día 30 de mayo de 2020, ambos inclusive, siempre que las solicitudes presentadas reúnan los requisitos para estar exentar de aportar garantías.

Será requisito necesario para la concesión del aplazamiento que el volumen de operaciones del deudor no superase 6.010.121,04 euros en el año 2019.

Las condiciones del aplazamiento serán las siguientes:

  • El plazo será de seis meses.
  • El importe máximo a aplazar es de 30.000,00 €.
  • No se devengarán intereses de demora durante los primeros tres meses del aplazamiento.

Este aplazamiento será aplicable también a las siguientes deudas tributarias:

  • Las correspondientes a obligaciones tributarias que deban cumplir el retenedor o el obligado a realizar ingresos a cuenta.
  • Las derivadas de tributos que deban ser legalmente repercutidos salvo que se justifique debidamente que las cuotas repercutidas no han sido efectivamente pagadas.
  • Las correspondientes a obligaciones tributarias que deba cumplir el obligado a realizar pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades.
  • Pagos de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y Tasa sobre el Juego.

AMPLIACIÓN DE LA LINEA DE FINANCIACIÓN THOMAS COOK

La línea de financiación prevista Real Decreto-ley 12/2019, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos de la apertura de procedimientos de insolvencia del grupo empresarial Thomas Cook se amplía a todas las empresas y trabajadores autónomos con domicilio social en España que estén incluidos en el sector turístico que afronten la recuperación de deudas en el marco de procesos de insolvencia de empresas del grupo Thomas Cook y contará con 200 millones de euros adicionales a los previstos inicialmente.

La partida presupuestaria del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de garantía del 50% de los créditos dispuestos de la línea ICO, se amplía de los 100 millones de euros iniciales hasta los 200 millones de euros para dar cobertura a la línea de financiación ampliada de hasta 400 millones de euros, ajustándose los importes presupuestarios correspondientes en cada año a estos nuevos límites.

Se instruye al ICO para que con carácter inmediato a la entrada en vigor de este real decreto-ley realice las gestiones necesarias con las entidades financieras para que la línea de financiación ampliada pueda estar a disposición de las empresas en el plazo máximo de diez días a contar desde la referida entrada en vigor

AMPLIACIÓN DE LOS PLAZOS EN LOS PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS

Además, el pasado día 14 de marzo, se publicó el Real Decreto 463/2020 en el que se suspenden los términos e interrumpen los plazos de tramitación de todos los procedimientos de las entidades del Sector Público (que comprende la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, la Administración Local y el sector público institucional), y que se reanudarán cuando pierda vigencia el Real Decreto o sus prórrogas, en su caso.

Les mantendremos informados sobre las medidas urgentes que puedan adoptarse en el transcurso de los próximos días, en su caso.

Cordialmente,

Irma Riera.

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