Circulares

MODELOS DE DECLARACIONES A PRESENTAR EN OCTUBRE

HASTA EL 21 de OCTUBRE

[bartag instance=»RETENCIONES»]

MES DE SEPTIEMBRE:

  • Modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del trabajo y de actividades económicas (1)
  • Modelo 115: Retenciones e ingresos a cuenta por renta o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos (2)
  • Modelo 123: Retenciones e ingresos a cuenta por determinados rendimientos del capital mobiliario (2)
  • Modelo 124: Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.

TERCER TRIMESTRE 2019:

  • Modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del trabajo y de actividades económicas (1)
  • Modelo 115: Retenciones e ingresos a cuenta por renta o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos (2)
  • Modelo 123: Retenciones e ingresos a cuenta por determinados rendimientos del capital mobiliario (2)
  • Modelo 124: Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.

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[bartag instance=»IVA»]

MES DE SEPTIEMBRE:

  • Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Declaración mensual (3).
  • Modelo 380: IVA en operaciones asimiladas a las importaciones.

TERCER TRIMESTRE 2019:

  • Modelo 303: Autoliquidación trimestral IVA.
  • Modelo 309: Declaración-liquidación no periódica.
  • Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Declaración trimestral (3).
  • Modelo 380: IVA en operaciones asimiladas a las importaciones.
  • Modelo 308: Solicitud de devolución Recargo de Equivalencia y sujetos pasivos ocaisonales (Tax Free) (4)

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[bartag instance=»PAGOS FRACCIONADOS (IRPF/IS)»]

RENTA. TERCER TRIMESTRE 2019::

  • Modelo 130: Pagos fraccionados Renta – Estimación directa.
  • Modelo 131: Pagos fraccionados Renta – Estimación Objetiva (módulos).

SOCIEDADES. EJERCICIO EN CURSO 2019:

  • Modelo 202: Pagos fraccionados Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español) – Régimen General.
  • Modelo 222: Pagos fraccionados Impuesto sobre Sociedades – Régimen de consolidación fiscal.

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HASTA EL 30 DE OCTUBRE

[bartag instance=»IVA»]

MES DE SEPTIEMBRE:

  • Modelo 303: Autoliquidación mensual IVA.
  • Modelo 322: Grupos Entidades en IVA. Modelo Individual. Declaración Mensual.
  • Modelo 353: Grupos de entidades en IVA. Modelo agregado. Declaración Mensual.

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A TENER EN CUENTA1.- ANTES DEL 16 DE OCTUBREEn el caso de que se quiera domiciliar el I.V.A. y/o Pago Fraccionado del Impuesto sobre Sociedades, el plazo acaba el día 16 de octubre

 

NOTAS

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(1) Cuando no se disponga de personal empleado y sólo se satisfagan rendimientos de actividades económicas no procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

2) No procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(3) La declaración tendrá carácter MENSUAL, salvo cuando el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarios no supere el umbral de 50.000,00 euros ni en el trimestre en curso ni en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores, en cuyo caso será TRIMESTRAL., se superan los 50.000,00 euros, la periodicidad será mensual. En el mes en que se supere el límite de los 50.000,00 euros deberá presentarse declaración MENSUAL o BIMENSUAL.

(4) La autoliquidación se presentará por aquellos sujetos pasivos en recargo de equivalencia que efectivamente hayan realizado devoluciones a exportadores en régimen de viajeros (Tax Free).

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