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RECARGO DE EQUIVALENCIA APLICABLE A PRODUCTOS QUE TRIBUTAN AL TIPO DEL 5%

Apreciado cliente,

El pasado 11 de enero se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 1/2023, en el que se modifica el tipo de recargo de equivalencia en el IVA a determinados productos que tributan al tipo impositivo del 5%.

Más concretamente, y con efectos 1 de Enero de 2023, el tipo del recargo de equivalencia aplicable a entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de:

  • Gas natural
  • Briquetas y pellets procedentes de biomasa
  • Madera para leña
  • Aceitas de oliva y de semillas
  • Pastas alimenticias

Pasará del 0,625%  al 0,62%. Recordemos que ya previamente en el RDL 20/2022, el tipo de recargo de equivalencia de este tipo de productos pasó del 1,1% al 0,625%. Con efectos 1/1/2023 queda fijado en 0,62%.

Cordialmente,

Irma RIERA

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