Circulares

junio 2026

MODELOS DE DECLARACIONES A PRESENTAR EN JUNIO

📅 HASTA EL 22 DE JUNIO

(Modelos mensuales · MAYO 2026)

💼 RETENCIONES

  • Modelo 111 → Nóminas y profesionales
  • Modelo 115 → Arrendamientos urbanos
  • Modelo 123 / 124 → Capital mobiliario

🌍 OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS

  • Modelo 349 → Operaciones intracomunitarias

🧴 IMPUESTOS ESPECIALES

  • Modelo 592 → Envases de plástico no reutilizables

📅 HASTA EL 25 DE JUNIO

(Presentaciones con domiciliación bancaria)

🧾 CAMPAÑA RENTA Y PATRIMONIO 2025

  • Modelo 100 (IRPF) → Resultado a ingresar con domiciliación
  • Modelo 714 (Patrimonio) → Resultado a ingresar con domiciliación

⚠️ Último día para domiciliar el pago


📅 HASTA EL 30 DE JUNIO

🧾 IVA

  • Modelo 303 → Autoliquidación IVA
  • Modelo 322 / 353 → Grupos de IVA
  • Modelo 369 → Ventanilla única
  • Modelo 380 → Operaciones asimiladas a importación

🧾 OTROS IMPUESTOS

  • Modelo 100 (IRPF) → Resto de modalidades
  • Modelo 714 (Patrimonio) → Sin domiciliación
  • Modelo 151 → Impatriados
  • Modelo 283 → ayudas recibidas en el marco del REIB por contribuyentes del IRPF o IRNR.
  • Modelos 240 → Impuesto complementario. Comunicación de la entidad constitutiva declarante de la declaración informativa del Impuesto Complementario. Para periodos impositivos finalizados antes del 31 de marzo de 2025.
  • Modelo 241 → Impuesto complementario. Declaración informativa del Impuesto Complementario. Para periodos impositivos finalizados antes del 31 de marzo de 2025.

🏡 ECOTASA · ILLES BALEARS

  • Emisión de liquidaciones ejercicio 2025
  • Consulta y descarga en: www.atib.es (Carpeta Fiscal)

🏙️ TRIBUTOS LOCALES · MUNICIPIO DE CALVIA

📆 Periodo voluntario: DEL 1 DE JUNIO AL 31 DE AGOSTO DE 2026

Incluye:

  • IBI (urbana, rústica y características especiales)
  • Impuesto sobre vehículos
  • Tasa de residuos
  • Entrada de vehículos y reservas de aparcamiento

⚠️ RECORDATORIOS IMPORTANTES

  • Modelo 349: puede ser trimestral si las entregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarios no superan 50.000 € ni en el trimestre en curso ni en los cuatro anteriores.
  • Intrastat: obligatorio si el intercambio de mercancías intracomunitarias supera los 400.000 € en el ejercicio anterior o año natural en curso.
  • En ausencia de operaciones sujetas a retención → revisar baja censal para evitar requerimientos

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