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MEDIDAS TRIBUTARIAS ESTABLECIDAS POR: LA LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 2022 Y LA LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ISLAS BALEARES PARA 2022

Apreciado cliente,

El pasado 29 de diciembre de 2021, se publicó la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, que establece diversas modificaciones en la normativa tributaria aplicables en el ámbito nacional.

Asimismo, el pasado 30 de diciembre de 2021, se publicó la Ley 5/2021, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2022, que establece diversas modificaciones en la normativa tributaria aplicables al ámbito balear.

A continuación, les ofrecemos un resumen de las medidas tributarias más destacadas incluidas en ambas normativas.

Cordialmente,

Irma Riera

 

MEDIDAS TRIBUTARIAS DE AMBITO NACIONAL APLICABLES EN EL EJERCICIO 2022

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS

  • Se reduce el límite general de reducción aplicable en la base imponible por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social, que pasa de los 2.000 € anuales a 1.500 € anuales.No obstante, se incrementa dicho límite desde los 8.000 € anuales actuales hasta los 8.500 € siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales, o también de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social con la condición de que estas aportaciones sean iguales o inferiores a la respectiva contribución empresarial.
  • Se prorrogan para el año 2022 los límites vigentes que delimitan la aplicación del método de estimación objetiva, fijados en:
    • 250.000 € para el volumen de rendimientos íntegros en el año inmediato anterior para el conjunto de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales;
    • 250.000 € para el volumen de rendimientos íntegros en el año inmediato anterior para el conjunto de las actividades económicas, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales;
    • 125.000 € para el volumen de los rendimientos íntegros del año inmediato anterior que corresponda a operaciones por las que estén obligados a expedir factura cuando el destinatario sea un empresario o profesional que actúe como tal;
    • 250.000 € para el volumen de las compras en bienes y servicios, excluidas las adquisiciones de inmovilizado, en el ejercicio anterior supere esta cantidad.

 

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

  • Se establece una tributación mínima del 15% que afecta a los siguientes contribuyentes:
    • Aquellos cuyo importe neto de la cifra de negocios sea al menos de 20 millones de euros durante los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicie el periodo impositivo.
    • Aquellos que tributen en el Régimen especial de consolidación fiscal, con independencia de su importe neto de la cifra de negocios.

La base sobre la que debe aplicarse el tipo del 15% para determinar la tributación mínima de un ejercicio es la Base Imponible minorada o incrementada según corresponda por la Reserva de Nivelación, y minorada por la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC).

  • Para las sociedades que disfruten del Régimen especial de entidades dedicadas al arrendamiento de vivienda, la bonificación de la parte de la cuota íntegra que corresponda a las rentas derivadas del arrendamiento de viviendas se reduce del 85% actual a un 40%.

 

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES

  • Las rentas obtenidas mediante establecimiento permanente se verán sujetas a la tributación mínima establecida en el Impuesto sobre Sociedades.

 

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

  • Se prorrogan para el año 2022 los límites vigentes que delimitan la aplicación del método del Régimen simplificado y del Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.

 

INTERÉS LEGAL DEL DINERO

  • El interés legal del dinero en 2022 queda establecido en el 3%.
  • El interés legal de demora en 2022 queda establecido en el 3,75%.

 

INDICADOR PÚBLICO DE RENTAS DE EFECTOS MÚLTIPLES (IPREM)

  • El IPREM diario queda fijado en 19,30 €.
  • El IPREM mensual queda fijado en 579,02 €.
  • El IPREM anual queda fijado en 6.948,24 €.

 

MEDIDAS TRIBUTARIAS DE AMBITO AUTONOMICO APLICABLES EN EL EJERCICIO 2022

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS

  • Se eleva desde el 11% actual al 11,5% el tipo impositivo aplicable por este impuesto en las transmisiones de inmuebles al tramo de valor que supere el millón de euros.

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