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6 de February de 2024

MODELOS DE DECLARACIONES A PRESENTAR EN FEBRERO

HASTA EL 20 DE FEBRERO

Impuesto Período Modelo Concepto
Retenciones Enero 2024 111 Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del trabajo y de actividades económicas (1)

 

Retenciones Enero 2024 115 Retenciones e ingresos a cuenta por renta o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos (2)

 

Retenciones Enero 2024 123 Retenciones e ingresos a cuenta por determinados rendimientos del capital mobiliario (2)

 

Retenciones Enero 2024 124 Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.

 

IVA Enero 2024 349 Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Declaración mensual (3)

HASTA EL 29 DE FEBRERO

Impuesto Período Modelo Concepto
IVA Enero 2024 303 Autoliquidación mensual IVA.

 

IVA Enero 2024 322 Grupos Entidades en IVA. Modelo Individual. Declaración Mensual.

 

IVA Enero 2024 353 Grupos de entidades en IVA. Modelo agregado. Declaración Mensual.

 

IVA Enero 2024 369 Ventanilla única. Régimen de importación.

 

IVA Enero 2024 380 IVA en operaciones asimiladas a las importaciones.

 

Impuesto sobre Sociedades 2024 036 Opción de cambiar el cálculo de los pagos fraccionados en base a las cuotas satisfechas en los ejercicios anteriores o en base al resultado del propio ejercicio, si el volumen de operaciones en el ejercicio anterior ha sido inferior a 6.010.121,04 € (5)   IMPORTANTE

 

Resúmenes anuales 2023 347 Declaración anual de operaciones con terceros. IMPORTANTE

Notas

(1) Cuando no se disponga de personal empleado y sólo se satisfagan rendimientos de actividades económicas no procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(2) No procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(3) La declaración tendrá carácter MENSUAL, salvo cuando el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarios no supere el umbral de  50.000,00 euros ni en el trimestre en curso ni en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores, en cuyo caso será TRIMESTRAL., se superan los 50.000,00 euros, la periodicidad será mensual. En el mes en que se supere el límite de los 50.000,00 euros deberá presentarse declaración MENSUAL o BIMENSUAL.

(4) INTRASTAT. Se recuerda que están obligados a presentar declaración Intrastat todos los sujetos pasivos del IVA, que hayan realizado operaciones intracomunitarias, modelo 349 (intercambio de mercancías, no prestaciones de servicios) por un valor que alcance el umbral de exención (400.000,00 euros) durante el año natural anterior o cuando, no habiendo alcanzado dicho límite, lo alcancen a lo largo del año natural en curso. 

(5) Suele ser recomendable optar por esta última alternativa en el caso de que en 2022 se hayan producido resultados excepcionales o atípicos que no se espera se repitan en 2023.

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