Circulares

MODELOS DE DECLARACIONES A PRESENTAR EN MARZO

Hasta el 22 de MARZO

Impuesto Período Modelo Concepto

 

Retenciones Febrero 2021 111 Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del trabajo y de actividades económicas (1)

 

Retenciones Febrero 2021 115 Retenciones e ingresos a cuenta por renta o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos (2)

 

Retenciones Febrero 2021 123 Retenciones e ingresos a cuenta por determinados rendimientos del capital mobiliario (2)

 

Retenciones Febrero 2021 124 Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.

 

IVA Febrero 2021 349 Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Declaración mensual (3)

 

IVA Febrero 2021 380 IVA en operaciones asimiladas a las importaciones.

HASTA EL 30 DE MARZO

Impuesto Período Modelo Concepto

 

IVA Febrero 2021 303 Autoliquidación mensual IVA.

 

IVA Febrero 2021 322 Grupos Entidades en IVA. Modelo Individual. Declaración Mensual.

 

IVA Febrero 2021 353 Grupos de entidades en IVA. Modelo agregado. Declaración Mensual.

HASTA EL 31 DE MARZO

Impuesto Período Modelo Concepto

 

Informativa 2020 720 Declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero.

 

Ecotasa 2021 017 Renuncia al régimen de estimación objetiva para el ejercicio 2021 (período extraordinario de renuncia aprobado en el Decreto Ley 1/2021, de 25 de enero de 2021).

Notas

(1) Cuando no se disponga de personal empleado y sólo se satisfagan rendimientos de actividades económicas no procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(2) No procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(3) La declaración tendrá carácter MENSUAL, salvo cuando el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarios no supere el umbral de 50.000,00 euros ni en el trimestre en curso ni en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores, en cuyo caso será TRIMESTRAL., se superan los 50.000,00 euros, la periodicidad será mensual. En el mes en que se supere el límite de los 50.000,00 euros deberá presentarse declaración MENSUAL o BIMENSUAL.

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