Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del trabajo y de actividades económicas (1)
Retenciones
Febrero 2024
115
Retenciones e ingresos a cuenta por renta o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos (2)
Retenciones
Febrero 2024
123
Retenciones e ingresos a cuenta por determinados rendimientos del capital mobiliario (2)
Retenciones
Febrero 2024
124
Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.
IVA
Febrero 2024
349
Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Declaración mensual (3)
HASTA EL 31 DE MARZO
Impuesto
Período
Modelo
Concepto
IVA
Febrero 2024
369
Ventanilla única. Régimen de importación.
HASTA EL 1 DE ABRIL
Impuesto
Período
Modelo
Concepto
IVA
Febrero 2024
303
Autoliquidación mensual IVA.
IVA
Febrero 2024
322
Grupos Entidades en IVA. Modelo Individual. Declaración Mensual.
IVA
Febrero 2024
353
Grupos de entidades en IVA. Modelo agregado. Declaración Mensual.
IVA
Febrero 2024
380
IVA en operaciones asimiladas a las importaciones.
Informativa
2023
720
Declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero.
Informativa
2023
721
Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero.
Notas
(1) Cuando no se disponga de personal empleado y sólo se satisfagan rendimientos de actividades económicas no procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.
(2) No procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.
(3) La declaración tendrá carácter MENSUAL, salvo cuando el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarios no supere el umbral de 50.000,00 euros ni en el trimestre en curso ni en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores, en cuyo caso será TRIMESTRAL., se superan los 50.000,00 euros, la periodicidad será mensual. En el mes en que se supere el límite de los 50.000,00 euros deberá presentarse declaración MENSUAL o BIMENSUAL.
Este Sitio Web utiliza cookies propias y de terceros para mejorar la experiencia de navegación del Usuario. Puede pulsar ACEPTAR COOKIES para aceptar la totalidad de condiciones del Aviso Legal, Política de Privacidad y la Política de Cookies, RECHAZAR o puede pulsar CONFIGURAR para personalizar las cookies según sus preferencias (tardará menos de 1 minuto)