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1 de April de 2020

MODELOS DE DECLARACIONES A PRESENTAR EN ABRIL

HASTA EL 20 DE ABRIL

[bartag instance=”RETENCIONES”]

MES DE MARZO:

  • Modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del trabajo y de actividades económicas (1)
  • Modelo 115: Retenciones e ingresos a cuenta por renta o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos (2)
  • Modelo 123: Retenciones e ingresos a cuenta por determinados rendimientos del capital mobiliario (2)
  • Modelo 124: Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.

PRIMER TRIMESTRE 2020:

  • Modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del trabajo y de actividades económicas (1)
  • Modelo 115: Retenciones e ingresos a cuenta por renta o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos (2)
  • Modelo 123: Retenciones e ingresos a cuenta por determinados rendimientos del capital mobiliario (2)
  • Modelo 124: Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.

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[bartag instance=”PAGOS FRACCIONADOS (IRPF/IS)”]

IRPF. PRIMER TRIMESTRE 2020:

  • Modelo 130: Pagos fraccionados Renta – Estimación directa.
  • Modelo 131: Pagos fraccionados Renta – Estimación Objetiva (módulos).

SOCIEDADES. EJERCICIO EN CURSO 2020:

  • Modelo 202: Pagos fraccionados Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio Español) – Régimen General.
  • Modelo 222: Pagos fraccionados Impuesto sobre Sociedades – Régimen de consolidación fiscal.

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[bartag instance=”IVA”]

MES DE MARZO:

  • Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Declaración mensual (3)
  • Modelo 380: IVA en operaciones asimiladas a las importaciones.

PRIMER TRIMESTRE 2020:

  • Modelo 303: Autoliquidación trimestral IVA.
  • Modelo 309: Declaración-liquidación no periódica.
  • Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Declaración trimestral (3).
  • Modelo 380: IVA en operaciones asimiladas a las importaciones.
  • Modelo 308: Solicitud de devolución Recargo de Equivalencia (Tax Free) (4)

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HASTA EL 30 DE ABRIL

[bartag instance=”IVA”]

MES DE MARZO:

  • Modelo 303: Autoliquidación mensual IVA.
  • Modelo 322: Grupos Entidades en IVA. Modelo Individual. Declaración Mensual.
  • Modelo 353: Grupos de entidades en IVA. Modelo agregado. Declaración Mensual.

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[bartag instance=”INFORMATIVA VIVIENDAS TURISTICAS”]

PRIMER TRIMESTRE 2020:

  • Modelo 179: Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos.

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HASTA EL 30 DE junio

[bartag instance=”TRIBUTOS LOCALES. PALMA”]

EJERCICIO 2020:
Se ha iniciado el pago en periodo voluntario de los siguientes tributos correspondientes al municipio de PALMA.

  • Impuesto sobre vehículos
  • Tasas de Residuos sólidos urbanos.

Pueden acceder a los recibos desde el apartado “Cartero Virtual de Avisos”, de la página web de la ATIB. Como medida excepcional de 2020, se ha ampliado hasta el 30 de junio el periodo voluntario de pago.

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[bartag instance=”IRPF”]

EJERCICIO 2019:

  • Modelo 100. Desde el pasado 1 de Abril y hasta el 30 de Junio, ya se pueden descargar los datos fiscales correspondientes a la declaración de la Renta de las Personas físicas del ejercicio 2019, así como proceder a la presentación de la declaración.

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NOTAS

[bartag instance=””]

(1) Cuando no se disponga de personal empleado y sólo se satisfagan rendimientos de actividades económicas no procederá la presentación de declaración negativa cuando no se  hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(2) No procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(3) La declaración tendrá carácter MENSUAL, salvo cuando el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarios no supere el umbral de 50.000,00 euros ni en el trimestre en curso ni en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores, en cuyo caso será TRIMESTRAL., se superan los 50.000,00 euros, la periodicidad será mensual. En el mes en que se supere el límite de los 50.000,00 euros deberá presentarse declaración MENSUAL o BIMENSUAL.

(4) La autoliquidación se presentará por aquellos sujetos pasivos en recargo de equivalencia que efectivamente hayan realizado devoluciones a exportadores en régimen de viajeros (Tax Free).

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