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MODELOS DE DECLARACIONES A PRESENTAR EN FEBRERO

HASTA EL 20 DE FEBRERO

[bartag instance=”RETENCIONES”]MES DE ENERO:

  • Modelo 111: Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del trabajo y de actividades económicas (1)
  • Modelo 115: Retenciones e ingresos a cuenta por renta o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos (2) 
  • Modelo 123: Retenciones e ingresos a cuenta por determinados rendimientos del capital mobiliario (2)
  • Modelo 124: Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.

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[bartag instance=”IVA”] MES DE ENERO:

  • Modelo 340: Declaración de operaciones incluidas en los libros registros del IGIC.
  • Modelo 349: Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Declaración mensual (3)
  • Modelo 380: IVA en operaciones asimiladas a las importaciones.

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[bartag instance=”DECLARACIONES ANUALES”]

  • Modelo 346: Año 2017. Subvenciones, indemnizaciones o ayudas de actividades agrícolas, ganaderas o forestales.

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[bartag instance=”IMPUESTO SOBRE ENERGIA ELECTRICA”]4 TRIMESTRE:

  • Modelo 583: Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Pago fraccionado.

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HASTA EL 28 DE FEBRERO

[bartag instance=”IVA”]MES DE ENERO:

  • Modelo 303: Autoliquidación mensual IVA.
  • Modelo 322: Grupos Entidades en IVA. Modelo Individual. Declaración Mensual.
  • Modelo 353: Grupos de entidades en IVA. Modelo agregado. Declaración Mensual.

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[bartag instance=”IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES”]

  • Modelo 036: Opción de cambiar el cálculo de los pagos fraccionados en base a las cuotas satisfechas en los ejercicios anteriores o en base al resultado del propio ejercicio, si el volumen de operaciones en el ejercicio anterior ha sido inferior a 6.010.121,04 € (4) IMPORTANTE

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[bartag instance=”RESUMENES ANUALES”]

  • Modelo 159: Declaración anual de consumo de energía eléctrica.
  • Modelo 347: Declaración anual de operaciones con terceros. IMPORTANTE

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NOTAS

[bartag instance=””]

(1) Cuando no se disponga de personal empleado y sólo se satisfagan rendimientos de actividades económicas no procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(2) No procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(3) La declaración tendrá carácter MENSUAL, salvo cuando el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarios no supere el umbral de 50.000,00 euros ni en el trimestre en curso ni en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores, en cuyo caso será TRIMESTRAL., se superan los 50.000,00 euros, la periodicidad será mensual. En el mes en que se supere el límite de los 50.000,00 euros deberá presentarse declaración MENSUAL o BIMENSUAL.

(4) Suele ser recomendable optar por esta última alternativa en el caso de que en 2017 se hayan producido resultados excepcionales o atípicos que no se espera se repitan en 2018.

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