La Agencia Tributaria acaba de poner en marcha la operación Amperio, una operación para combatir el fraude fiscal de empresas que utilizan “software de doble uso”.
Se trata de una operación de gran magnitud que afecta, principalmente, al sector de instalaciones y montajes eléctrico, en el que se ha detectado, a través de denuncias tributarias, que determinados contribuyentes podrían estar utilizando “software de doble uso” con el objetivo de ocultar ingresos.
Muchas de estas actuaciones inspectoras se han iniciado mediante personación en los locales de las empresas, priorizando así el factor sorpresa que caracteriza a este tipo de actuaciones.
Desde la publicación de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, la Agencia Tributaria fija como objetivo la lucha contra los programas de contabilidad de doble uso que permitan el fraude en la contabilidad de una empresa.
También, las Directrices del Plan de Control de la AEAT para 2025 hacen hincapié en la necesidad de mantener la presencia inspectora en aquellos sectores y modelos de negocio en los que se aprecie alto riesgo de existencia de economía sumergida, con especial atención a la posible utilización de herramientas informáticas (‘software de doble uso’) susceptibles de ser utilizadas para ocultar ventas.
Esta operación se inicia a pocos días de que entre en vigor el denominado Reglamento Verifactu que regula los sistemas informáticos de facturación que deben cumplir con las exigencias legales de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación. La fecha límite para que los fabricantes de software adapten sus productos a los nuevos requisitos técnicos es el 29 de julio de 2025.
¿En qué consiste Verifactu?
Los sistemas de facturación utilizados deberán:
- Generar registros de facturación en formato seguro y normalizado.
- Incluir un código QR en las facturas y tickets.
- Permite remitir a la Agencia Tributaria los registros de facturación generados
- Permite acceder a los emisores de facturas al listado de registros disponible en la Sede Electrónica. También podrán acceder los clientes para verificar sus facturas y tickets.

¿Quiénes están obligados?
Con carácter general están obligados las empresas y autónomos que utilicen sistemas informáticos de facturación (SIF) que estén domiciliados en España, ya sean contribuyentes del IRPF (actividades económicas), del IS o del IRNR (a través de EP en España).

¿Cuándo es obligatorio adaptar los sistemas de facturación?
- Antes del 1 de enero de 2026 para los contribuyentes del IS.
- Antes del 1 de julio del 2026 para las demás empresas y autónomos.