OPERACIONES INTRAGRUPO

27 de julio de 2023

Deben valorarse a precios de mercado

Las operaciones entre empresas de un mismo grupo se consideran operaciones vinculadas y deben valorarse a precios de mercado. Si Hacienda detecta que no se han valorado de esta forma, regularizará la situación mediante dos tipos de ajustes:

  • Ajuste primario. En primer lugar, modificará las declaraciones de los implicados en la operación –tanto al alza como a la baja– y les hará tributar como si la transacción se hubiese valorado a precios de mercado.
  • Ajuste secundario. Además, efectuará un segundo ajuste para que la diferencia de precios existente (respecto al valor de mercado) tribute según su naturaleza económica (por ejemplo, para que tribute como dividendos si esa diferencia de precios ha beneficiado a empresas que tienen la condición de socios).

Ajustes fiscales

Si Hacienda hace estos ajustes, los costes fiscales de las empresas involucradas pueden verse incrementados. No obstante, cumpliendo ciertos requisitos y actuando antes de que Hacienda emita la liquidación derivada del procedimiento, es posible tomar medidas para reducir dichos costes.

Este Sitio Web utiliza cookies propias y de terceros para mejorar la experiencia de navegación del Usuario. Puede pulsar ACEPTAR COOKIES para aceptar la totalidad de condiciones del Aviso Legal, Política de Privacidad y la Política de Cookies, RECHAZAR o puede pulsar CONFIGURAR para personalizar las cookies según sus preferencias (tardará menos de 1 minuto)

Indique que cookies quiere aceptar