ABRA EL BUZÓN EN EL MOMENTO ADECUADO

4 de junio de 2018

Reglas a seguir al recibir notificaciones electrónicas

Recuerde que las notificaciones electrónicas se entienden recibidas en el momento en que su empresa accede a su contenido. Si dicho acceso no se produce, se entenderán recibidas cuando hayan transcurrido 10 días desde la puesta a disposición.

Pues bien, no abra su buzón electrónico en cualquier momento. En algunos casos, retrasar la apertura puede suponerle alguna ventaja. Por ejemplo, si el 17 de julio de 2018 recibe una notificación, espere hasta el día 26 para abrir el buzón:

  • El día 20 de ese mismo mes prescriben las declaraciones de IVA y de retenciones del segundo trimestre de 2014; y el 25 prescribe el Impuesto sobre Sociedades de 2013.
  • Retrasar la apertura, por tanto, le permitirá evitar la inspección de estos impuestos si, por ejemplo, la notificación se refería al inicio de actuaciones de comprobación.

DÍAS DE CORTESÍA

Recuerde también que puede seleccionar hasta 30 días naturales al año (consecutivos o no) durante los cuales Hacienda no depositará notificaciones en su buzón electrónico.

Este Sitio Web utiliza cookies propias y de terceros para mejorar la experiencia de navegación del Usuario. Puede pulsar ACEPTAR COOKIES para aceptar la totalidad de condiciones del Aviso Legal, Política de Privacidad y la Política de Cookies, RECHAZAR o puede pulsar CONFIGURAR para personalizar las cookies según sus preferencias (tardará menos de 1 minuto)

Indique que cookies quiere aceptar