Child theme index:
MODELOS DE DECLARACIONES A PRESENTAR EN JULIO

HASTA EL 20 DE JULIO

Período Modelo Concepto
Retenciones Junio 2021 111 Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del trabajo y de actividades económicas (1)

 

Retenciones Junio 2021 115 Retenciones e ingresos a cuenta por renta o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos (2)

 

Retenciones Junio 2021 123 Retenciones e ingresos a cuenta por determinados rendimientos del capital mobiliario (2)

 

Retenciones Junio 2021 124 Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.

 

Retenciones 2T 2021 111 Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del trabajo y de actividades económicas (1)

 

Retenciones 2T 2021 115 Retenciones e ingresos a cuenta por renta o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos (2)

 

Retenciones 2T 2021 123 Retenciones e ingresos a cuenta por determinados rendimientos del capital mobiliario (2)

 

Retenciones 2T 2021 124 Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.

 

Pagos Fraccionados IRPF 2T 2021 130 Pagos fraccionados Renta – Estimación directa.

 

Pagos Fraccionados IRPF 2T 2021 131 Pagos fraccionados Renta – Estimación Objetiva (módulos).

 

IVA Junio 2021 349 Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Declaración mensual (3)

 

IVA Junio 2021 380 IVA en operaciones asimiladas a las importaciones.

 

IVA 2T 2021 303 Autoliquidación trimestral IVA.

 

IVA 2T 2021 309 Declaración-liquidación no periódica.

 

IVA 2T 2021 349 Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Declaración trimestral (3).

 

IVA 2T 2021 380 IVA en operaciones asimiladas a las importaciones.

 

IVA 2T 2021 308 Solicitud de devolución Recargo de Equivalencia (Tax Free) (4)

 

Ecotasa 2T 2021 700 Declaración liquidación trimestral. Estimación directa

HASTA EL 26 DE JULIO

Impuesto Período Modelo Concepto
SOCIEDADES 2020 200 Impuesto sobre sociedades e impuesto sobre la renta de no residentes. Entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural (6).

 

SOCIEDADES 2020 220 Impuesto sobre sociedades e impuesto sobre la renta de no residentes. Régimen de consolidación fiscal. Entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural (6).

HASTA EL 30 DE JULIO

Impuesto Período Modelo Concepto
IVA Junio 2021 303 Autoliquidación mensual IVA.

 

IVA Junio 2021 322 Grupos Entidades en IVA. Modelo Individual. Declaración Mensual.

 

IVA Junio 2021 353 Grupos de entidades en IVA. Modelo agregado. Declaración Mensual.

Notas

(1) Cuando no se disponga de personal empleado y sólo se satisfagan rendimientos de actividades económicas no procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(2) No procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(3) La declaración tendrá carácter MENSUAL, salvo cuando el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarios no supere el umbral de 50.000,00 euros ni en el trimestre en curso ni en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores, en cuyo caso será TRIMESTRAL., se superan los 50.000,00 euros, la periodicidad será mensual. En el mes en que se supere el límite de los 50.000,00 euros deberá presentarse declaración MENSUAL o BIMENSUAL.

(4) La autoliquidación se presentará por aquellos sujetos pasivos en recargo de equivalencia que efectivamente hayan realizado devoluciones a exportadores en régimen de viajeros (Tax Free).

(5) INTRASTAT. Se recuerda que están obligados a presentar declaración Intrastat todos los sujetos pasivos del IVA, que hayan realizado operaciones intracomunitarias (intercambio de mercancías, no prestaciones de servicios) por un valor que alcance el umbral de exención (400.000,00 euros) durante el año natural anterior o cuando, no habiendo alcanzado dicho límite, lo alcancen a lo largo del año natural en curso.

(6) Las entidades cuyo período impositivo no coincida con el año natural, deberán presentar el modelo 200 o 220, según corresponda, dentro de los 25 días siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.

MODELOS DE DECLARACIONES A PRESENTAR EN JUNIO

HASTA EL 21 DE JUNIO

Impuesto Período Modelo Concepto
Retenciones Mayo 2021 111 Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del trabajo y de actividades económicas (1)

 

Retenciones Mayo 2021 115 Retenciones e ingresos a cuenta por renta o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos (2)

 

Retenciones Mayo 2021 123 Retenciones e ingresos a cuenta por determinados rendimientos del capital mobiliario (2)

 

Retenciones Mayo 2021 124 Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.

 

IVA Mayo 2021 349 Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Declaración mensual (3)

 

IVA Mayo 2021 380 IVA en operaciones asimiladas a las importaciones.

HASTA EL 25 DE JUNIO

Impuesto Período Modelo Concepto

 

IRPF 2020 100 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Declaración anual con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.

 

PATRIMONIO 2020 714 Impuesto sobre el Patrimonio. Declaración anual con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta. 

HASTA EL 30 DE JUNIO

Impuesto Período Modelo Concepto

 

IVA Mayo 2021 303 Autoliquidación mensual IVA.

 

IVA Mayo 2021 322 Grupos Entidades en IVA. Modelo Individual. Declaración Mensual.

 

IVA Mayo 2021 353 Grupos de entidades en IVA. Modelo agregado. Declaración Mensual.

 

IRPF 2020 100 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Declaración anual con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación (NRC).

 

PATRIMONIO 2020 714 Impuesto sobre el Patrimonio. Declaración anual con resultado a ingresar sin domiciliación en cuenta (NRC). 

 

IRNR 2020 151 Régimen especial de tributación por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes para trabajadores desplazados 2020.   

TRIBUTOS LOCALES

PALMA

HASTA 15 de Junio: Fin del plazo de pago voluntario del Impuesto sobre vehículos y Tasas de Residuos Sólidos Urbanos.

CALVIÀ

DEL 1 DE JUNIO AL 15 DE NOVIEMBRE DE 2021: Inicio el período voluntario de pago de los siguientes tributos locales:

  • Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana
  • Impuesto sobre Bienes inmuebles de Naturaleza Rústica
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles de características especiales
  • Recogida, tratamiento y Eliminación de Residuos
  • Tasa entrada de vehículos y Reserva de aparcamiento

Notas

(1) Cuando no se disponga de personal empleado y sólo se satisfagan rendimientos de actividades económicas no procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(2) No procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(3) La declaración tendrá carácter MENSUAL, salvo cuando el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarios no supere el umbral de 50.000,00 euros ni en el trimestre en curso ni en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores, en cuyo caso será TRIMESTRAL., se superan los 50.000,00 euros, la periodicidad será mensual. En el mes en que se supere el límite de los 50.000,00 euros deberá presentarse declaración MENSUAL o BIMENSUAL.(4)

(4) INTRASTAT. Se recuerda que están obligados a presentar declaración Intrastat todos los sujetos pasivos del IVA, que hayan realizado operaciones intracomunitarias (intercambio de mercancías, no prestaciones de servicios) por un valor que alcance el umbral de exención (400.000,00 euros) durante el año natural anterior o cuando, no habiendo alcanzado dicho límite, lo alcancen a lo largo del año natural en curso.

MODELOS DE DECLARACIONES A PRESENTAR EN MAYO

Hasta el 20 de MAYO

Impuesto Período Modelo Concepto
Retenciones Abril 2021 111 Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del trabajo y de actividades económicas (1)

 

Retenciones Abril 2021 115 Retenciones e ingresos a cuenta por renta o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos (2)

 

Retenciones Abril 2021 123 Retenciones e ingresos a cuenta por determinados rendimientos del capital mobiliario (2)

 

Retenciones Abril 2021 124 Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.

 

IVA Abril 2021 349 Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Declaración mensual (3)

 

IVA Abril 2021 380 IVA en operaciones asimiladas a las importaciones.

HASTA EL 31 DE MAYO

Impuesto Período Modelo Concepto

 

IVA Abril 2021 303 Autoliquidación mensual IVA.

 

IVA Abril 2021 322 Grupos Entidades en IVA. Modelo Individual. Declaración Mensual.

 

IVA Abril 2021 353 Grupos de entidades en IVA. Modelo agregado. Declaración Mensual.

Notas

(1) Cuando no se disponga de personal empleado y sólo se satisfagan rendimientos de actividades económicas no procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(2) No procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(3) La declaración tendrá carácter MENSUAL, salvo cuando el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarios no supere el umbral de 50.000,00 euros ni en el trimestre en curso ni en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores, en cuyo caso será TRIMESTRAL., se superan los 50.000,00 euros, la periodicidad será mensual. En el mes en que se supere el límite de los 50.000,00 euros deberá presentarse declaración MENSUAL o BIMENSUAL.(4)

(4) INTRASTAT. Se recuerda que están obligados a presentar declaración Intrastat todos los sujetos pasivos del IVA, que hayan realizado operaciones intracomunitarias (intercambio de mercancías, no prestaciones de servicios) por un valor que alcance el umbral de exención (400.000,00 euros) durante el año natural anterior o cuando, no habiendo alcanzado dicho límite, lo alcancen a lo largo del año natural en curso.

MODELOS DE DECLARACIONES A PRESENTAR EN ABRIL

Hasta el 20 de ABRIL

Impuesto Período Modelo Concepto

 

Retenciones Marzo 2021 111 Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del trabajo y de actividades económicas (1)

 

Retenciones Marzo 2021 115 Retenciones e ingresos a cuenta por renta o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos (2)

 

Retenciones Marzo 2021 123 Retenciones e ingresos a cuenta por determinados rendimientos del capital mobiliario (2)

 

Retenciones Marzo 2021 124 Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.

 

Retenciones 1T 2021 111 Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del trabajo y de actividades económicas (1)

 

Retenciones 1T 2021 115 Retenciones e ingresos a cuenta por renta o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos (2)

 

Retenciones 1T 2021 123 Retenciones e ingresos a cuenta por determinados rendimientos del capital mobiliario (2)

 

Retenciones 1T 2021 124 Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.

 

Pagos Fraccionados IRPF 1T 2021 130 Pagos fraccionados Renta – Estimación directa.

 

Pagos Fraccionados IRPF 1T 2021 131 Pagos fraccionados Renta – Estimación Objetiva (módulos).

 

Pagos Fraccionados IS 1P 2021 202 Pagos fraccionados Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español) – Régimen General.

 

Pagos Fraccionados IS 1P 2021 222 Pagos fraccionados Impuesto sobre Sociedades – Régimen de consolidación fiscal.

 

IVA Marzo 2021 349 Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Declaración mensual (3)

 

IVA Marzo 2021 380 IVA en operaciones asimiladas a las importaciones.

 

IVA 1T 2021 303 Autoliquidación trimestral IVA.

 

IVA 1T 2021 309 Declaración-liquidación no periódica.

 

IVA 1T 2021 349 Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Declaración trimestral (3).

 

IVA 1T 2021 380 IVA en operaciones asimiladas a las importaciones.

 

IVA 1T 2021 308 Solicitud de devolución Recargo de Equivalencia (Tax Free) (4)

HASTA EL 30 DE ABRIL

Impuesto Período Modelo Concepto
IVA Marzo 2021 303 Autoliquidación mensual IVA.

 

IVA Marzo 2021 322 Grupos Entidades en IVA. Modelo Individual. Declaración Mensual.

 

IVA Marzo 2021 353 Grupos de entidades en IVA. Modelo agregado. Declaración Mensual.

 

Ecotasa 1T 2021 700 Declaración liquidación trimestral. Estimación directa

HASTA EL 15 DE JUNIO

Impuesto Período Modelo Concepto

 

Impuesto sobre vehículos 2020  

PALMA. Se ha iniciado el pago en periodo voluntario.

Pueden acceder a los recibos desde el apartado “Cartero Virtual de Avisos”, de la página web de la ATIB.

 

Tasa de residuos sólidos urbanos 2020  

PALMA. Se ha iniciado el pago en periodo voluntario.

Pueden acceder a los recibos desde el apartado “Cartero Virtual de Avisos”, de la página web de la ATIB.

HASTA EL 30 DE JUNIO

Impuesto Período Modelo Concepto

 

IRPF 2020 100 Declaración anual Renta 2020. A partir del 7 de Abril se puede proceder a la presentación de la declaración.

 

Patrimonio 2020 714 Declaración anual Patrimonio 2020. A partir del 7 de Abril se puede proceder a la presentación de la declaración.

Notas

(1) Cuando no se disponga de personal empleado y sólo se satisfagan rendimientos de actividades económicas no procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(2) No procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(3) La declaración tendrá carácter MENSUAL, salvo cuando el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarios no supere el umbral de 50.000,00 euros ni en el trimestre en curso ni en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores, en cuyo caso será TRIMESTRAL., se superan los 50.000,00 euros, la periodicidad será mensual. En el mes en que se supere el límite de los 50.000,00 euros deberá presentarse declaración MENSUAL o BIMENSUAL.

MODELOS DE DECLARACIONES A PRESENTAR EN MARZO

Hasta el 22 de MARZO

Impuesto Período Modelo Concepto

 

Retenciones Febrero 2021 111 Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del trabajo y de actividades económicas (1)

 

Retenciones Febrero 2021 115 Retenciones e ingresos a cuenta por renta o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos (2)

 

Retenciones Febrero 2021 123 Retenciones e ingresos a cuenta por determinados rendimientos del capital mobiliario (2)

 

Retenciones Febrero 2021 124 Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.

 

IVA Febrero 2021 349 Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Declaración mensual (3)

 

IVA Febrero 2021 380 IVA en operaciones asimiladas a las importaciones.

HASTA EL 30 DE MARZO

Impuesto Período Modelo Concepto

 

IVA Febrero 2021 303 Autoliquidación mensual IVA.

 

IVA Febrero 2021 322 Grupos Entidades en IVA. Modelo Individual. Declaración Mensual.

 

IVA Febrero 2021 353 Grupos de entidades en IVA. Modelo agregado. Declaración Mensual.

HASTA EL 31 DE MARZO

Impuesto Período Modelo Concepto

 

Informativa 2020 720 Declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero.

 

Ecotasa 2021 017 Renuncia al régimen de estimación objetiva para el ejercicio 2021 (período extraordinario de renuncia aprobado en el Decreto Ley 1/2021, de 25 de enero de 2021).

Notas

(1) Cuando no se disponga de personal empleado y sólo se satisfagan rendimientos de actividades económicas no procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(2) No procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(3) La declaración tendrá carácter MENSUAL, salvo cuando el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarios no supere el umbral de 50.000,00 euros ni en el trimestre en curso ni en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores, en cuyo caso será TRIMESTRAL., se superan los 50.000,00 euros, la periodicidad será mensual. En el mes en que se supere el límite de los 50.000,00 euros deberá presentarse declaración MENSUAL o BIMENSUAL.

CUESTIONES GENERALES SOBRE EL MODELO 347

Apreciado cliente,

Nos ponemos en contacto con usted para recordarle que el próximo 1 de Marzo finaliza el plazo para la presentación de la Declaración-Resumen anual de operaciones con terceros (modelo 347).

Es por ello que, a continuación, le detallamos algunas cuestiones generales sobre el citado modelo con el objetivo de ayudarle a la hora de proceder a su cumplimentación.

1. SUJETOS OBLIGADOS

Están obligados a la presentación del modelo 347 los siguientes sujetos que desarrollen actividades empresariales o profesionales.

A estos efectos, se considerarán actividades empresariales o profesionales todas las definidas como a la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido (LIVA). Asimismo, tendrán esta consideración las actividades realizadas por quienes sin ser estrictamente empresarios o profesionales sean calificados expresamente de empresarios o profesionales por la LIVA, como pueden ser los arrendadores de bienes.

2. SUJETOS EXCLUÍDOS

Quedan excluidos de la obligación de presentar la declaración anual las siguientes personas o entidades:

3. OPERACIONES A DECLARAR

 Con carácter general

Aclaraciones:

4. OPERACIONES EXCLUÍDAS

Quedan excluidas del deber de declaración las siguientes operaciones:

5. SUPUESTOS ESPECÍFICOS DE DECLARACIÓN

6. IMPORTE DE LAS OPERACIONES

A efectos de la cumplimentación del modelo 347 se entiende por importe de la operación el importe total de la contraprestación.

En los supuestos de operaciones sujetas y no exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido se deben añadir las cuotas del Impuesto y recargos de equivalencia repercutidos o soportados y las compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería o pesca percibidas o satisfechas.

Se entiende por importe total de la contraprestación el que resulte de aplicar las normas de determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Valor Añadido, incluso respecto de aquellas operaciones no sujetas o exentas del mismo.

La información relativa a las operaciones que se deben declarar en el modelo 347 se suministrará con carácter general desglosada trimestralmente, excepto la relativa:

El importe de las operaciones se declarará neto de las devoluciones o descuentos y bonificaciones concedidos y de las operaciones que queden sin efecto, habidas en el mismo trimestre natural y teniendo en cuenta las alteraciones de precio acaecidas en el mismo período.

Cuando estas circunstancias modificativas se produzcan en distinto trimestre natural a aquél en que tuvo lugar la operación a la que afectan deberán incluirse en el correspondiente trimestre natural en que hayan tenido lugar las mismas, siempre que el resultado neto de estas modificaciones supere, junto con el resto de operaciones realizadas con la misma persona o entidad en el año natural, la cifra de 3.005,06 euros.

El importe de las operaciones se declarará teniendo en cuenta las modificaciones producidas en la base imponible del Impuesto sobre el Valor Añadido a consecuencia de que se dicte auto de declaración de concurso.

7. CRITERIOS DE IMPUTACIÓN TEMPORAL

Son operaciones que deben relacionarse en el modelo 347 las realizadas por el declarante en el año natural al que se refiere la declaración.

A estos efectos, las operaciones se entenderán producidas en el período en el que se deba realizar la anotación registral de la factura que sirva de justificante. El plazo para la anotación registral de las facturas es el siguiente:

No obstante, las operaciones a las que sea de aplicación el régimen especial del criterio de caja, se consignarán también en el año natural correspondiente al momento del devengo total o parcial de acuerdo con la regla especial de devengo de este régimen especial.

En los casos en que se produzcan devoluciones, descuentos, bonificaciones y operaciones que queden sin efecto o alteraciones de precio, así como en el supuesto de que se dicte auto de declaración de concurso que hayan dado lugar a modificaciones en la base imponible del Impuesto sobre el Valor Añadido teniendo lugar en un trimestre natural diferente a aquél en el que debió incluirse la operación a la que afectan tales circunstancias modificativas, éstas deberán ser reflejadas en el trimestre natural en que se hayan producido las mismas, siempre que el resultado de estas modificaciones supere, junto con el resto de operaciones realizadas con la misma persona o entidad en el año natural, la cifra de 3.005,06 euros en valor absoluto.

Los anticipos de clientes y a proveedores y otros acreedores constituyen operaciones que deben incluirse en el modelo 347. Al efectuarse ulteriormente la operación, se declarará el importe total de la misma minorándolo en el del anticipo anteriormente declarado, siempre que el resultado de esta minoración supere, junto con el resto de operaciones realizadas en el año natural con la misma persona o entidad la cifra de 3.005,06 euros en valor absoluto.

Las subvenciones, auxilios o ayudas que concedan las Entidades integradas en las distintas Administraciones públicas territoriales o en la Administración institucional se entenderán satisfechos el día en que se expida la correspondiente orden de pago. De no existir orden de pago se entenderán satisfechas cuando se efectúe el pago.

Cuando las cantidades percibidas en metálico superiores a 6.000 euros no puedan incluirse en la declaración del año natural en el que se realizan las operaciones por percibirse con posterioridad a su presentación o por no haber alcanzado en ese momento un importe superior a 6.000 euros, los obligados tributarios deberán incluirlas separadamente en la declaración correspondiente al año natural posterior en el que se hubiese efectuado el cobro o se hubiese superado el importe señalado anteriormente.

8. PLAZO DE PRESENTACIÓN

La presentación de la declaración informativa deberá realizarse durante el mes de febrero de cada año, concluyendo el plazo en el presente ejercicio el 2 de Marzo en la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, en relación con las operaciones realizadas el año natural inmediato anterior.

Para cualquier cuestión al respecto, rogamos contacten con Irma Riera, al tel.971.21.46.16.

Cordialmente,

Irma Riera

MODELOS DE DECLARACIONES A PRESENTAR EN FEBRERO

HASTA EL 22 DE FEBRERO

Impuesto Período Modelo Concepto
Retenciones Enero 2021 111 Retenciones e ingresos a cuenta por rendimientos del trabajo y de actividades económicas (1)
Retenciones Enero 2021 115 Retenciones e ingresos a cuenta por renta o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos (2)
Retenciones Enero 2021 123 Retenciones e ingresos a cuenta por determinados rendimientos del capital mobiliario (2)
Retenciones Enero 2021 124 Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos.
IVA Enero 2021 349 Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Declaración mensual (3)
IVA Enero 2021 380 IVA en operaciones asimiladas a las importaciones.

HASTA EL 1 de MARZO

Impuesto Período Modelo Concepto
IVA Enero 2021 303 Autoliquidación mensual IVA.
IVA Enero 2021 322 Grupos Entidades en IVA. Modelo Individual. Declaración Mensual.
IVA Enero 2021 353 Grupos de entidades en IVA. Modelo agregado. Declaración Mensual.
Impuesto sobre Sociedades 2021 036 Opción de cambiar el cálculo de los pagos fraccionados en base a las cuotas satisfechas en los ejercicios anteriores o en base al resultado del propio ejercicio, si el volumen de operaciones en el ejercicio anterior ha sido inferior a 6.010.121,04 € (4) IMPORTANTE
Resúmenes anuales 2020 347 Declaración anual de operaciones con terceros. IMPORTANTE

 

NOTAS

(1) Cuando no se disponga de personal empleado y sólo se satisfagan rendimientos de actividades económicas no procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(2) No procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(3) La declaración tendrá carácter MENSUAL, salvo cuando el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarios no supere el umbral de 50.000,00 euros ni en el trimestre en curso ni en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores, en cuyo caso será TRIMESTRAL., se superan los 50.000,00 euros, la periodicidad será mensual. En el mes en que se supere el límite de los 50.000,00 euros deberá presentarse declaración MENSUAL o BIMENSUAL.

(4) Suele ser recomendable optar por esta última alternativa en el caso de que en 2020 se hayan producido resultados excepcionales o atípicos que no se espera se repitan en 2021.

MODELO 720. DECLARACIÓN TRIBUTARIA SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO

Nos ponemos en contacto con usted para informarle que desde el pasado 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2021, todas aquellas personas físicas o entidades residentes en el territorio español que tengan bienes y derechos de contenido económico ubicados o gestionados en el extranjero, tienen la obligación de presentar una declaración de carácter informativo en la que quede reflejada esta información (modelo 720 de declaración tributaria sobre bienes y derechos en el extranjero).

Esta declaración sólo puede presentarse de forma telemática mediante el citado modelo.

BIENES Y DERECHOS A DECLARAR

  1. Cuentas y depósitos abiertos en entidades bancarias ubicadas en el extranjero.
  2. Valores representativos de la participación en cualquier tipo de entidad.
  3. Bienes inmuebles, y derechos sobre ellos, ubicados en el extranjero.

CUENTAS, VALORES E INMUEBLES QUE NO TIENEN QUE DECLARARSE

  1. Aquellos de los que sean titulares entidades totalmente exentas del IS (Estado, entes públicos…)
  2. Cuando no se superen los 50.000 € de valor para cada conjunto de bienes indicados en los apartados anteriores.
  3. En caso de superarse dicho límite conjunto en cada grupo, deberá informarse sobre todos los elementos que se posean en cada grupo de bienes con independencia de su valor individual.
  4. Aquellos que se encuentren registrados en la contabilidad del titular debidamente identificados e individualizados. En estos casos no hay obligación de declarar para el titular, pero no se exime de declaración a los responsables o apoderados.
  5. Sólo respecto a las cuentas corrientes, aquellas abiertas en establecimientos en el extranjero de entidades de crédito domiciliadas en España, que deban ser objeto de declaración por las entidades de crédito, siempre que hubieran podido ser declaradas conforme a la normativa del país donde esté situada la cuenta.

Si desea que le gestionemos la citada declaración informativa, puede ponerse en contacto con nosotros en el teléfono 971.21.46.16.

Cordialmente,

Irma Riera.

MODELOS DE DECLARACIONES A PRESENTAR EN ENERO DE 2021

HASTA EL 20 DE ENERO

[bartag instance=»RETENCIONES»]

MES DE DICIEMBRE:

CUARTO TRIMESTRE 2020:

[/bartag]

[bartag instance=»IVA»]

[/bartag]

HASTA EL 1 DE febrerO

[bartag instance=»PAGOS FRACCIONADOS (IRPF)»]

RENTA. CUARTO TRIMESTRE 2020:

[/bartag]

[bartag instance=»IVA»]

MES DE DICIEMBRE:

CUARTO TRIMESTRE 2020:

RESUMEN ANUAL

OTROS

[/bartag]

(*) A TENER EN CUENTA DECLARACIÓN RESUMEN ANUAL IVA (MODELO 390)Según Orden HAP/1926/2016, de 6 de octubre, publicado en el BOE el 11 de octubre de 2016, quedan EXONERADOS de la obligación de presentar la declaración-resumen anual 390, aquellos sujetos pasivos con periodo de liquidación trimestral (modelo 303) que realicen exclusivamente actividades que tributen en régimen simplificado o desarrollen la actividad de ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES urbanos. La exoneración NO tiene carácter voluntario, por lo que estos colectivos deberán cumplimentar el apartado específico previsto en el modelo 303 del último periodo de liquidación del impuesto en el que deberán informar del volumen total de operaciones realizadas en el ejercicio.

 

HASTA EL 1 DE FEBRERO

[bartag instance=»RETENCIONES»]

RESUMEN ANUAL:

[/bartag]

[bartag instance=»OTRAS DECLARACIONES»]

RESUMEN ANUAL:

AÑO 2020

[/bartag]

[bartag instance=»ECOTASA»]

[/bartag]

DEL 1 DE ENERO AL 31 DE MARZO

[bartag instance=»»]

[/bartag]

NOTAS

[bartag instance=»»]

(1) Cuando no se disponga de personal empleado y sólo se satisfagan rendimientos de actividades económicas no procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(2) No procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(3) La declaración tendrá carácter MENSUAL, salvo cuando el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarios no supere el umbral de 50.000,00 euros ni en el trimestre en curso ni en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores, en cuyo caso será TRIMESTRAL., se superan los 50.000,00 euros, la periodicidad será mensual. En el mes en que se supere el límite de los 50.000,00 euros deberá presentarse declaración MENSUAL o BIMENSUAL.

(4) La autoliquidación se presentará por aquellos sujetos pasivos en recargo de equivalencia que efectivamente hayan realizado devoluciones a exportadores en régimen de viajeros (Tax Free).

[/bartag]

MODELOS DE DECLARACIONES A PRESENTAR EN DICIEMBRE

HASTA EL 21 DE DICIEMBRE

[bartag instance=»RETENCIONES»]

MES DE NOVIEMBRE:

[/bartag]

[bartag instance=»IVA»]

MES DE NOVIEMBRE:

[/bartag]

[bartag instance=»PAGOS»]

SOCIEDADES. EJERCICIO EN CURSO 2020:

[/bartag]

HASTA EL 30 DE DICIEMBRE

[bartag instance=»IVA»]

MES DE NOVIEMBRE:

[/bartag]

HASTA EL 31 DE DICIEMBRE

[bartag instance=»IVA»]

MES DE NOVIEMBRE:

[/bartag]

[bartag instance=»RENTA»]

[/bartag]

[bartag instance=»IAE»]

[/bartag]

[bartag instance=»IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES»]

[/bartag]

[bartag instance=»ECOTASA»]

[/bartag]

NOTAS

[bartag instance=»»]

(1) Cuando no se disponga de personal empleado y sólo se satisfagan rendimientos de actividades económicas no procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(2) No procederá la presentación de declaración negativa cuando no se hubieran satisfecho, en el período de declaración, rentas sometidas a retención. En este caso, es preciso presentar declaración de baja de esta obligación fiscal, para evitar requerimientos.

(3) La declaración tendrá carácter MENSUAL, salvo cuando el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarios no supere el umbral de 50.000,00 euros ni en el trimestre en curso ni en cada uno de los cuatro trimestres naturales anteriores, en cuyo caso será TRIMESTRAL., se superan los 50.000,00 euros, la periodicidad será mensual. En el mes en que se supere el límite de los 50.000,00 euros deberá presentarse declaración MENSUAL o BIMENSUAL.

[/bartag]